martes, 16 de octubre de 2007

Comunicado de Venevisión

NPR: Notas para la Reflexion ...hagamos XinergiaS
 

Comunicado de Venevisión

LA CONCESIÓN DE VENEVISIÓN CORRESPONDIENTE A 1987 A 2007

El decreto número 1577, promulgado por el gobierno venezolano el 27 de mayo de 1987, otorgó a Venevisión la concesión de establecimiento y explotación de estación de televisión por un período de 20 años. Ese período se venció el 27 de mayo de 2007.

NUEVO MARCO LEGAL Y LA RENOVACIÓN DE LAS CONCESIONES

El 12 de junio de 2000 fue promulgada una nueva Ley Orgánica de Telecomunicaciones que estableció, en su artículo 210, que las concesiones otorgadas de conformidad a la legislación anterior (el mencionado decreto 1577), debían adecuarse a la legislación que había entrado en vigencia. En la misma ley se facultaba a Conatel, en lo sucesivo, para dictar los cronogramas de transformación de dichos permisos y concesiones.

La transformación de títulos debía efectuarse dentro de los dos (2) años siguientes a la publicación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Quiere decir esto que el 12 de junio de 2002 debía haber culminado el proceso de transformación de títulos y permisos.

VENEVISIÓN DA INICIO AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS

El 31 de mayo de 2002, Venevisión introdujo su solicitud de adecuación, es decir, dentro de los lapsos exigidos por la resolución contentiva del cronograma de transformación de títulos publicada el 10 de diciembre de 2001.

CONATEL NOTIFICA A VENEVISIÓN

El 22 de noviembre de 2005 Venevisión es notificada de la transformación de sus permisos y otorgamiento de la habilitación de radiodifusión sonora y televisión abierta, la concesión de radiodifusión, la habilitación general de telecomunicaciones con los atributos de transporte, radiocomunicación y explotación de la red de telecomunicaciones y la habilitación especial para enlaces de punto a punto. Todos estos son permisos que autorizaban a Venevisión a continuar operando hasta el vencimiento de la concesión, el 27 de mayo de 2007.

VENEVISIÓN SOLICITA LA RENOVACIÓN DE LA CONCESIÓN

De acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de Telecomunicaciones en su artículo 2, los titulares de habilitaciones administrativas podrán renovar sus concesiones por un período igual al precedente, si cumple con lo dispuesto en la propia Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sus reglamentos, en las condiciones generales dictadas por Conatel, y demás normas aplicables.

El reglamento de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones sobre habilitaciones administrativas y concesiones de uso y explotación del espectro radioeléctrico, señala en su artículo 80, que la solicitud de renovación deberá hacerse con al menos 90 días continuos de anticipación antes de la fecha de vencimiento.

Además, el artículo 9 de las condiciones generales de las habilitaciones de radiodifusión sonora y televisión abierta exige que la solicitud de renovación debe ser realizada con al menos 90 días continuos de antelación a la fecha de vencimiento de la habilitación.

Cumpliendo con los lapsos y procedimientos antes señalados, Venevisión solicitó el 14 de febrero de 2007, ante el Ministerio para el Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informática y ante Conatel, la solicitud de renovación de la concesión y de las habilitaciones administrativas correspondientes por venticinco (25) años.

OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN A VENEVISIÓN

El 30 de mayo de 2007, Venevisión fue notificada formalmente que había sido otorgada una prórroga de las habilitaciones por un período de cinco (5) años, a contar de la fecha del vencimiento, es decir, el 27 de mayo de 2007 .



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